25 noviembre día contra la violencia de género

ENS VOLEM VIVES, LLIURES I REBELS JUNTES SOM MÉS FORTES!

NOS QUEREMOS VIVAS, LIBRES Y REBELDES ¡JUNTAS SOMOS MÁS FUERTES!

25 Novembre Dia Internacional contra les violències masclistes / 25 de Noviembre Día internacional contra la violencia machista.
El Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer o Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer se celebra anualmente el 25 de noviembre para denunciar la violencia que se ejerce sobre las mujeres en todo el mundo y reclamar políticas en todos los países para su erradicación.
Convocatòries / Convocatorias:
ALACANT: Dissabte 25 de novembre a les 18:30 h.
Plaça de la Muntanyeta.
CASTELLÓ: Dissabte 25 de novembre a les 18:30 h.
Plaça Mª Agustina.
ELX: Dissabte 25 de novembre a les 20:00
Plaça de Baix
VALÈNCIA: Dissabte 25 de novembre a les 19:00 h.
Plaça del Parterre.
La violencia contra las mujeres debe ser erradicada.
Si cualquier persona (mujer u hombre), de cualquier edad (niña o anciana), de cualquier nivel educativo (analfabeta o titulada superior), de cualquier nivel económico (trabajadora en su propio hogar, trabajadora, empresaria, rentista, jubilada) la justifica o la oculta por tradición, por religión, por ideología es cómplice de la violencia.
No nos llamemos a engaño la violencia sustentada en la impunidad, en mirar hacia otro lado como si no existiese, nos convierte en cómplices de la violencia.

Presos políticos? Estado de Derecho?

Cuando uno lee los titulares de prensa se sorprende por la negación de la evidencia.

Un persona detenida, arrestada o encarcelada sin haber cometido un delito tipificado sino porque sus ideas supongan un desafío o una amenaza para el sistema político establecido, con independencia de la naturaleza del sistema político.

Se distingue del preso de conciencia que se caracteriza por la ausencia de violencia ni la promoción de la misma.

Los delitos tipificados son claros Rebelión (se alzaren violenta y públicamente); Sedición (se alcen pública y tumultuariamente para impedir … la aplicación de las Leyes); Atentados contra la autoridad (los que agredieren o, con intimidación grave o violencia).

Me parece que los presuntos delincuentes de las organizaciones ANC y OC (Jordis) no responden a ninguno de ellos.

Me parece que los presuntos delincuentes del Gobierno de la Generalitat de Catalunya y la Mesa del Parlament no responden a ninguno de ellos.

Sin embargo si me parece que el Senado y el Gobierno pueden haber incurrido en el delito de Rebelión Artículo 472.4 y 472.6 pueden haber incurrido con la autorización del contenido dado al artículo 155 de la Constitución.

Mi opinión se asemeja a la de muchos políticos europeos LOS PROBLEMAS POLÍTICOS SE RESUELVEN POLÍTICAMENTE Y EN NINGÚN CASO CON LOS TRIBUNALES, CON LA REPRESIÓN O CON LA ALIMENTACIÓN DE BANDAS FASCISTAS «CONSTITUCIONALISTAS» (de peñas deportivas o de organizaciones sociales o políticas).

Desconozco el resultado de las elecciones catalanas 21 D, que probablemente será similar a las anteriores.

Pero no se puede seguir tapando la vulneración flagrante de la Constitución con perjuicio para toda la ciudadanía con la anticonstitucional Ley de Amnistía Fiscal del Ministro Montoro y que no se adopten las medidas pertinentes para recuperar el dinero amnistiado. PP incumple Constitución es bueno y sin consecuencias. El delito de malversación de caudales públicos Artículo 432 del C. Penal y Artículo 404 delito de prevaricación. En ese país que les gusta Gran Bretaña la gente dimite o es cesada por poner la mano encima de una pierna (ACOSO intolerable).

Pero no se puede seguir ocultando que hay una presunción de delincuencia organizada por el partido del gobierno (fiscalía lo considera acreditado) y que los partidos que pidieron el voto para luchar contra la corrupción, apoyen y secunden al partido del gobierno.

No va a producirse una regulación del delito de saqueo sistémico de las arcas públicas. Ya que los perjudicados por el saqueo son los mismos que asumirán el coste del saqueo. Evidente me han robado (sanidad, pensiones, educación, dependencia servicios públicos para comprar deuda privada de los bancos) y además tengo que seguir pagando para reducir la deuda y en muchos casos se nos puede desahuciar por el banco que he rescatado.

Hasta cuando se va a seguir sacando sin sentencia los ERE de Andalucía. Pero se olvida la sentencia de derribo del Algarrobico en Carboneras (Andalucía) competencia de la Junta de Andalucía que incumple la Sentencia no recurrible del Supremo de 2016.

Donde y cuando se han llevado a la práctica las comisiones del 3% (Catalunya, ¿Madrid?, ¿Andalucía?,  ¿Balears?, ¿València?, ¿Murcia? …). Cuantas condenas, cuantos condenados que pagan y que cobran la mordida, cuantos partidos y empresas clasificados como delincuentes.

La igualdad constitucional ¿Hay que ser miembro de familias especiales para no enterarse de lo que se firma? ¿El desconocimiento de las leyes no exime de su cumplimiento, excepto para familias especiales? ¿Aunque se tenga un título universitario se puede ser i…. legalmente y siendo i… se puede representar algo y cobrar por ello? ¿Se puede estar condenado, en libertad y en el extranjero?

Se detiene y se procesa a personas por hacer chistes, por escribir canciones, por manifestarse, por … Pero se desconoce el autor individual o colectivo del motivo que las causa o si son el libre ejercicio de la libertad de expresión. Murcia (Ave), Burgos (Gamonal), Linares (Paro), …

Ley Orgánica 10/1995 Código  Penal

Rebelión

Artículo 472

Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:

  • 1.º Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución.
  • 2.º Destituir o despojar en todo o en parte de sus prerrogativas y facultades al Rey o Reina o al Regente o miembros de la Regencia, u obligarles a ejecutar un acto contrario a su voluntad.El término «Rey o Reina» ha sido introducido en sustitución de la anterior referencia al «Rey», conforme establece el número doscientos cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Vigencia: 1 julio 2015
  • 3.º Impedir la libre celebración de elecciones para cargos públicos.
  • 4.º Disolver las Cortes Generales, el Congreso de los Diputados, el Senado o cualquier Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, impedir que se reúnan, deliberen o resuelvan, arrancarles alguna resolución o sustraerles alguna de sus atribuciones o competencias.
  • 5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
  • 6.º Sustituir por otro el Gobierno de la Nación o el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o usar o ejercer por sí o despojar al Gobierno o Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o a cualquiera de sus miembros de sus facultades, o impedirles o coartarles su libre ejercicio, u obligar a cualquiera de ellos a ejecutar actos contrarios a su voluntad.

Sedición

Artículo 544

Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.

De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia

Artículo 550

1. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.

155 se impone a la Independencia?

Cansado de la venda generada por la situación de Catalunya. Cansado de la política de escasos caracteres y del día a día. Cansado de ver la pobreza consolidada en un gran número de habitantes. Cansado de ver la inconsistencia de la política de sistemas estratégicos europeos de comunicación (corredor mediterráneo) Murcia, Valencia, Castellón, Tarragona, Teruel, Zaragoza. Cansado de ver un nacionalismo ciego en la Unión europea que no impulsa el desarrollo extremeño hacia su puerto natural de Lisboa. Cansado  de ver la burla de la política energética y su relación con una política medioambiental. Cansado de ver la burla de la movilidad ciudadana y de la movilidad rural. Cansado de ver la toma de posición favorable a la oligocracia internacional, de la que forma parte la nacional. Cansado de ver la permisividad con la corrupción y los privilegios fiscales. Cansado de ver premura en perseguir unas cosas y eternizar otras.

 

Recopilo el conjunto de mis comentarios relacionados con el Derecho a decidir (tomar una determinación sobre algo), la soberanía (autoridad en quien reside el poder), el modelo de estado (forma de gobierno hereditario o electo y limitado), el modelo de organización del territorio, el modelo de financiación.

La unidad de la nación, el nacionalismo burgués, el independentismo, la monarquía, etc. son organizaciones de las que se dota la sociedad y que sus cambios o su continuidad requieren del acuerdo soberano.

En el siglo XIX se inventa La nación es un concepto de la burguesía que sirve para reclamar la capacidad jurídico-política basada en la soberanía (económica, cultural, popular) en distintos períodos. La estructura argumental se asocia a las características de organización social y cultural en un territorio dado.

Pero la base de la Nación es la reserva de un territorio para una clase dominante que abre o cierra fronteras y mercados en función de sus intereses.

Si el nacionalismo catalán, corso, flamenco, … son absurdos con la globalización en un momento histórico en que caen la fronteras o se destruyen con las armas (África y Asia)

¿Entonces qué sentido tiene la pervivencia de los Estados en la Unión Europea? El negocio de las naciones burguesas del XIX está periclitado.

Si ese modelo está agotado que impide un concepto más laso de la Europa de los pueblos con estados nacionales reconocidos como Eslovaquia (5,5) Irlanda (4,6), Croacia (4.300.000), Lituania (2,8), Letonia y Eslovenia (2.000.000 habitantes), Estonia (1,3) Luxemburgo ((583.000 habitantes), Malta (22.000 habitantes). Todas esas naciones estado son menores por tamaño demográfico a la comunidad de Madrid, a la comunidad andaluza, a la comunidad valenciana o a la comunidad catalana.

Y que nadie me hable de España antes del XIX pues el escudo constitucional desde 1981 recoge las armas del reino de Castilla y León, del reino de Aragón, del reino de Navarra, el escudo de los Borbones y el reino de Granada. Un monarca hereda por vía cuna, por vía matrimonio amplia sus dominios, por vía de las armas conquista un pueblo. Eso no es soberanía popular.

El primer censo de población de España data de 1857. Es decir a día de hoy 160 años.

Se habla de Unión Europea. Es curioso no hay un censo de la Unión. Es curioso existe el derecho a abandonar la Unión pero a los demás europeos no se nos ha consultado sobre el ejercicio de la soberanía británica.

Las contradicciones son múltiples la libertad de movimientos en la Unión está cuestionado por la mayor parte de los estados, la limitación de derechos humanos es creciente en los miembros de la Unión.

Hay que salir del impacto mental padecido por la izquierda política a raíz de la caída del muro y repensar en que consiste un planteamiento universal que permita la convivencia de las sociedades sin necesidad de alimentar el negocio de unos pocos en perjuicio de la mayoría.

 

¿Quien cesa en una democracia?

Catalunya independiente o 155

Independencia

155 ¿Elecciones en Catalunya?

Democracia o imposición

Democracia bajo mínimos

Razón o sin razón

Rajoy dixit

Diada 2017

Cuestiones sin resolver

España decide

¿Quien cesa en una democracia?

¿Dónde dice la Constitución o el Estatuto de cualquier Comunidad Autónoma que el artículo 155 de la Constitución permita cesar a cargos electos? ¿Es democrático y es constitucional? Sentencias de Tribunales hay sobre la titularidad de la representación y de como se pierde.

Artículo 71, 98, 99, 101 y 102 Constitución Española

Artículo 71.
1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.
2. Durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.
3. En las causas contra Diputados y Senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Artículo 98.
1. El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley.
2. El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos en su gestión.
3. Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna.

Artículo 99.
1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
Artículo 101.
1. El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.
2. El Gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.
Artículo 102.
1. La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
2. Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo.

Estatuto de Autonomía (consolidado) de Catalunya 57, 66, 67

Artículo 57. Estatuto de los Diputados
1. Los miembros del Parlamento son inviolables por los votos y las opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo. Durante su mandato tendrán inmunidad a los efectos concretos de no poder ser detenidos salvo en caso de flagrante delito.
2. En las causas contra los Diputados, es competente el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Fuera del territorio de Cataluña la responsabilidad penal es exigible en los mismos términos ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
3. Los Diputados no están sometidos a mandato imperativo.

Artículo 66. Causas de finalización de la legislatura
La legislatura finaliza por expiración del mandato legal al cumplirse los cuatro años de la fecha de las elecciones. También puede finalizar anticipadamente si no tiene lugar la investidura del presidente o presidenta de la Generalitat, o por disolución anticipada, acordada por el presidente o presidenta de la Generalitat.

Artículo 67. Elección, nombramiento, estatuto personal, cese y competencias
1. El Presidente o Presidenta tiene la más alta representación de la Generalitat y dirige la acción del Gobierno. También tiene la representación ordinaria del Estado en Cataluña.

2. El Presidente o Presidenta de la Generalitat es elegido por el Parlamento de entre sus miembros. Puede regularse por ley la limitación de mandatos.

7. El Presidente o Presidenta de la Generalitat cesa por renovación del Parlamento a consecuencia de unas elecciones, por aprobación de una moción de censura o denegación de una cuestión de confianza, por defunción, por dimisión, por incapacidad permanente, física o mental, reconocida por el Parlamento, que lo inhabilite para el ejercicio del cargo, y por condena penal firme que comporte la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.

Artículo 67. Elección, nombramiento, estatuto personal, cese y competencias
1. El Presidente o Presidenta tiene la más alta representación de la Generalitat y dirige la acción del Gobierno. También tiene la representación ordinaria del Estado en Cataluña.

2. El Presidente o Presidenta de la Generalitat es elegido por el Parlamento de entre sus miembros. Puede regularse por ley la limitación de mandatos.

7. El Presidente o Presidenta de la Generalitat cesa por renovación del Parlamento a consecuencia de unas elecciones, por aprobación de una moción de censura o denegación de una cuestión de confianza, por defunción, por dimisión, por incapacidad permanente, física o mental, reconocida por el Parlamento, que lo inhabilite para el ejercicio del cargo, y por condena penal firme que comporte la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.

 

Artículo 155. Constitución
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.

 

Catalunya independiente o 155

Hace unas horas se producían 2 votaciones fundamentales.

Una en el Senado de España. Creo que es la primera vez en la historia reciente 40 años en los que un Senado alejado de la representación territorial real (la legal es evidente) adopta una decisión de tanta transcencendencia como la aplicación del artículo 155.

Otra en el Parlament de Catalunya. Se proclama la independencia y la república por 70 votos a favor, 10 en contra, 2 en blanco y 53 ausencias. Se confirma la fractura del sistema territorial español.

Reflexiono en voz alta. Desde que tengo uso de razón Cataluña siempre ha tenido una identidad diferenciada, como otros pueblos, sociedades o países del estado español. Desde que tengo uso de razón la composición social, política e institucional ha sido distinta, como otros pueblos, sociedades o países del estado español.

La Constitución española consagra un café para todos territorial, excepto para el País Vasco y Navarra. No quiero infravalorar a ninguna Comunidad Autónoma. Pero sin citar a todas Andalucía, País Valenciano, Galicia, Cataluña tienen rasgos específicos sociales y culturales que dotan de personalidad muy diferenciada.

Ahora me planteo. Si cuando Cataluña era España, el gobierno y las Cortes Generales o el Gobern y el Parlament han sido incapaces de alcanzar un acuerdo.

A partir de hoy ¿Cómo puede actuar España (Gobierno-Ejecutivo, legislativo y judicial) en un estado independiente que no reconoce?

¿Va a reconocer la República Catalana las instrucciones de España (Gobierno-Ejecutivo, legislativo y judicial) con quien carece de relaciones políticas?

¿Qué legalidad tiene la presencia de representantes no diplomáticos en España o Cataluña?

Si la Constitución española y, por tanto, su legislación derivada no están vigentes en Cataluña. En que van a sustentar ceses, nombramientos y demás actos.

Si la Constitución española no dice que Cataluña es España. Es posible aplicar a una abstracción una norma.

¿Cómo puedes cesar a un representante elegido por los ciudadanos en una lista electoral, nombrado por un parlamento con todas las competencias y sustituirlo por unos delegados, que no pueden ser controlados por el parlament?

¿Se puede reclamar judicialmente y actuar policialmente en otro país que no reconoces? ¿como sustentas esa legalidad? El Senado ha dotado de unas competencias a un Gobierno antes o después de que el parlament declarará la república (otro sistema político) en un nuevo país.

Las cosas están complicadas. Puedo pedir que se vayan de mi casa quienes no han sido invitados por mí. Puedo pedir que se extradite a mi país a quienes están detenidos en otro cuya legislación no reconozco.

155 no en mi nombre. Las medidas coercitivas nunca han servido nada más que para enconar más la situación. Además cuando están tomadas las medidas trarde y mal mucho peor.

Cuando alguien respalda un A POR ELLOS da pie a confirmar la existencia de un ELLOS y un NOSOTROS. Independientemente de quien lo diga y de la lengua que use, no busca la inclusión, sino la confrontación.

155 ¿Elecciones en Catalunya?

Estoy preocupado por la imposición y por la fractura de quienes conviven y tendrán que seguir conviviendo. Se pueden poner fronteras tanto con el 155 como con el DUI.

Las bondades del 155 están asociadas a las dificultades para su aplicación y serán el resultado de la interpretación de la Constitución por quienes lo avalan.

En la misma línea interpretativa habría cabido una consulta a la ciudadanía española para saber su opinión, y no interpretarla, acerca del derecho a decidir de los ciudadanía que vive en Catalunya. Parece que cuando se mueve el modelo territorial hay un criterio centrípeto enfrentado a un criterio centrífugo que solamente las élites pueden opinar y manipular la víscera de los estados de opinión con la masa media a través de los controlados medios de comunicación.

Ahora las bondades de restablecer la «democracia en Catalunya» pasa para los partidarios del 155 por celebrar elecciones organizadas e impuestas por el Gobierno español.

Fantástico y francamente inteligente pero se ha planteado alguien que esas elecciones pueden ser  ganadas por los independentistas o los independentistas se quedan con más del 45% de los representantes catalanes o las boicotean. Sería la confirmación de la evidente fractura existente en Catalunya.

Sería curioso habría que reintervenir para mantener la unidad de la patria ante la maldad de los catalanes, perdón no todos solamente unos 2 millones de nada, censo entre 5,5 y 6 millones (del censo demográfico de 7,5 millones hay que descontar los 1,4 millones menores y los catalanes excluidos en el extranjero por la Ley electoral española).

Ahora me planteo si trabajo en Catalunya y tengo mi familia, mi entorno y mi vida en Catalunya. Me importa o preocupa la unidad o la independencia.

Mi respuesta sería automática en mi tierra pienso que podría tener unas mejores condiciones de vida si fuesen gestionados los impuestos en mi tierra. (Se elimina al menos una estructura político-administrativa).

Mi respuesta sería automática en mi región tenía menos posibilidades para poder vivir en condiciones, por eso me fui. (La incapacidad del Estado para evitar el desplazamiento de andaluces, murcianos, extremeños, castellanos, gallegos… por tener sistemas productivos insostenibles).

El refrán dice uno no es de donde nace sino de donde pace.

Si soy mayor de edad exigo mi derecho al ejercicio de mi capacidad de decidir, acertaré o erraré, pero habrá sido mi decisión. El ejemplo es evidente nunca he tenido un gobierno que coincida con mis planteamientos defensa de los derechos humanos, de la mujer, de los trabajadores, de la infancia, de los mayores, del mundo urbano y del rural, del carácter laico del estado, de la igualdad del voto.

No quiero con eso decir que los independentistas catalanes lo garanticen, pero tampoco los unionistas.

De igual modo las medidas represivas y coercitivas siempre me tendrán al lado de los perseguidos por el ejercicio de sus derechos a la libertad de expresión pacífica.

El choque de trenes se promueve y se potencia o se intenta evitar. Pero siempre hay dos partes la más fuerte es la que siempre puede imponerse, pero no quiere decir que tenga más razón y que a largo plazo sea la más débil.

Si una empresa decide cambiar su domicilio social o fiscal, es libre para hacerlo, pero yo si soy accionista le puedo pedir responsabilidades por su decisión sin haberme consultado por las consecuencias que puede tener para mi inversión.

Si una empresa considera que el tejido productivo en Catalunya le permite tener unas instalaciones y unas personas asalariadas más cualificadas ¿SE LAS VAN A LLEVAR DE CATALUNYA?

Para los unionistas si inician el deterioro de la economía catalana (20% de la española) va a beneficiar o perjudicar a la economía española. IRPF, IVA, Fondos de Solidaridad, Asunción de deuda estatal. Es evidente perjudica a ambas partes y quién lo ha promovido?. El ejemplo es SEAT amenazan las presiones con desmantelar la factoría, trasladarla, trasladar a sus asalariados, trasladar a sus familias, trasladar a las empresas auxiliares proveedoras. UN GRAN CEREBRO ECONÓMICO ESTÁ DETRÁS DE ESTE PROCESO DE DESLOCALIZACIÓN. Para mi es chantaje social.

Escribo desde mi identidad nacido en Madrid ciudad, ciudadano español, me gustan los pueblos del mundo, me encantaría que Catalunya tuviese el espacio que su ciudadanía decida libremente.

 

Democracia o Imposición

La vigencia de las concesiones constitucionales realizadas por los interlocutores del año 1978 es evidente que han pasado a mejor vida. Es la Constitución de quienes representamos ya demográficamente menos del 50% de la población actual, independientemente de si no votamos (9 millones) o de si votamos (17 millones) a favor (15,7 millones) o en contra (1,4 millones). Recuerdo el censo electoral de 2016 (36,5 millones). PP (7,9 millones) 137. PSOE (5,4 millones) 85. Podemos-IU-EQUO (3,2 millones) 45, En Comu (0,8 millones) 12, Compromis-Podemos-EUPV (0,6 millones) 9, En Marea (0,3 millones) 5. Ciudadanos (3,1 millones) 32. ERC (0,6 millones) 9. CDC (0,48 millones) 8. PNV (0,28 millones) 5. Bildu (0,18 millones) 2. C. Canaria (0,078 millones) 1.

Está quebrado el pacto de la forma de organización del Estado (Monarquía, República), el pacto de representatividad (Andalucía 32 Senadores y 61 Diputados, Madrid 4 y 36), el pacto social (Derechos Fundamentales, Prestaciones sociales y Pensiones), el pacto territorial (Soberanía y Organización territorial), el pacto económico (Distribución de la renta equitativa y solidaria), la separación de poderes (Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo, Fiscalía). La negativa por parte de los partidos políticos a reconocer este hecho ha desembocado en la violación sistemática de la ley por parte de sus representantes sin consultar a sus representados (si no vulneran la ley, si eluden la capacidad representativa otorgada).

Se culpabiliza de la incapacidad a las organizaciones instrumentales del estado (Policía y Guardia Civil) y además se le excita desde los ámbitos públicos. Es evidente que la policÍa se ha extralimitado en Catalunya, vulnerando derechos fundamentales. Pero no son la policia ni la guardia civil, excepto en casos concretos, la responsable de la extralimitación en sus funciones. La responsabilidad es de quien promueve y enaltece la ocupación de un territorio y de quien ordena reprimir a los ciudadanos catalanes (según dicen el Fiscal, el Presidente y el Rey ciudadanos españoles).

El Constitucional, la judicatura y la fiscalía están cuestionados. Su politización es evidente y notoria.

Esta cuestionado el Gobierno del partido más investigado, imputado y condenado en múltiples delitos de corrupción y de malversación de recursos públicos (Madrid, Valencia, Murcia, Baleares) casos más relevantes y del endeudamiento de todos en beneficio de la Banca.

No quiero decir que no haya corrupción en otros partidos. Pero quien se lleva la palma y encabeza el ranking es el partido del Gobierno.

También esta cuestionada la familia de Juan Carlos por los privilegios y prebendas que tienen, cuando se incrementan los niveles de pobreza de la sociedad. Pero no queda en eso, pues resulta curioso que una Titulada Superior, que pudo haber sido reina desconoce su patrimonio, como se obtiene, como se gasta y lo que firma.

EL INMOVILISMO Y LA REPRESIÓN NO SON LA FÓRMULA DE CONVIVENCIA

EL PRIMER PUNTO DE PARTIDA ES EL ESCRUPULOSO RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS

EL SEGUNDO ES LA SOLUCIÓN DE LOS PROBLEMAS REALES SE RESUELVEN DIALOGANDO, NEGOCIANDO, ACORDANDO.

EL TERCERO LOS PROBLEMAS Y LAS CONTRADICIONES NO SE DEJAN PUDRIR COMO SOLUCIÓN. SE AFRONTAN CON DIÁLOGO, NEGOCIACIÓN Y ACUERDO.

SERÁ ILEGAL EL REFERENDUM, FORMALIDAD JURÍDICA. PERO ES EVIDENTE QUE CUANDO UNA PARTE TAN SIGNIFICATIVA DE UNA SOCIEDAD VOTA CON TODAS LAS TRABAS. DEMUESTRA LA VOLUNTAD DE UN PUEBLO CON INDEPENDENCIA DE LO QUE VOTE.

POR ÚLTIMO NO SE PUEDE DAR COMO RESPUESTA A UN COMPORTAMIENTO PACÍFICO LAS ESPOSAS O GRILLETES.

AHORA EL PRAGMÁTICO DEL MINISTRO DE ECONOMÍA AVISA DE QUE LAS ENTIDADES BANCARIAS CATALANAS, ATACADAS POR ?, SON ENTIDADES SOLIDAS ESPAÑOLAS. LE PUEDE FASTIDIAR SU PARTIDO SU DESEMBARCO EN LAS ENTIDADES EUROPEAS.

El respeto de una sociedad con sus representantes es la capacidad de cumplir con sus compromisos y no quedar inhabilitados por su intolerancia e intransigencia. Las avestruces habitan en palacios y en organismos públicos.

Ayer Felipe de Borbón ha demostrado su afiliación al PP. No me representa como ciudadano soberano que soy. Es la continuación de Alfonso XIII.

Diada 2017

El derecho a decidir en una consulta popular es un derecho propio de los pueblos.

Parece ser que no haya diferencias de identidad, de tradición, de cultura, de literatura, de lengua, en suma hay diferencias que caracterizan a un catalán de un gallego, de un vasco, de un navarro, de un asturiano, de un cántabro, de un leonés, de un castellano, de un  riojano, de un extremeño, de un andaluz, de un murcianos, de un canario, de un manchego.

Incluso aunque los catalanes hayan estado regidos por la misma Corona, son notables sus diferencias con los aragoneses y menores con los baleáricos y los valencianos.

Los modelos de estado de nuevo tipo surgidos de las coronas absolutistas sirvieron de base para conformar los estados nacionales burgueses. En el caso español el intento de los Austrias, Conde Duque de Olivares de unificar las Coronas fueron un auténtico fracaso en el siglo XVII.

En el siglo XVIII las conflictivas guerras de sucesión y de centralización del poder de las Coronas enfrentaron a las grandes potencias de la época. En el caso español las derrotas militares de los reinos de la Corona de Aragón a manos de los Borbones y los Decretos de Nueva Planta implantaron en Aragón, Cataluña, Valencia y Baleares los virreinatos y la administración legislativa, política, militar y fiscal en dichos territorios, donde sin embargo pervive la elaboración de los censos por reinos.

En el siglo XIX después de la guerra contra el francés y desde el reinado de Fernando VII se reemprenden los conflictos entre la independencia de las colonias americanas y la Corona absolutista. A la muerte de Fernando VII surge el conflicto dinástico que se apoya en el centralismo (Cristina e Isabel) y el foralismo (Carlismo), entre el liberalismo y el proteccionismo, entre el federalismo y el cantonalismo contra el centralismo, en el fin del conflicto colonial americano y asiático (Cuba, Puerto Rico y Filipinas).

En el siglo XX se produce el resurgir de los movimientos nacionalistas y regionalistas, que frenan sus burguesías de todos los territorios de la monarquía de Alfonso XIII con el apoyo del ejercito por temor al creciente movimiento obrero. Las soluciones que intento dar a la cuestión nacional (Galeuzca) y a la cuestión nacional o regional (Andalucía y Valencia) la república fueron sistemáticamente torpedeadas por las capas dominantes de la sociedad.

El  franquismo con su política centralista represiva potenció aún más la distancia entre el malestar de los distintos territorios, que no encontraban su acomodo dentro de un estado centralista.

La transición política y el pacto constitucional se firman en una situación complicada por la importancia de un ejército y unos cuerpos de seguridad altamente ideologizados que defendían una España unida y que solamente admitían unos procesos de coparticipación en el reparto del poder. La otra alternativa habría supuesto desencadenar un conflicto de imprevisibles consecuencias, en cuya deriva solamente estuvieron dispuestos a seguir unas minorías y especialmente el movimiento armado vasco de ETA, que derivaron en terrorismo ajeno a la realidad.

Han transcurrido desde la Constitución de 1978, treinta y nueve años, que dieron a luz un período político nuevo para los que vivimos el franquismo. Surge la nueva realidad demandante de una voluntad, potenciada, pero también sentida de retorno al derecho de un pueblo a decidir democráticamente en las urnas.

Las respuestas que se dan por el Gobierno español, pretenden promover el nacionalismo español más casposo (eso no lo permite la Constitución), (están vulnerando la soberanía nacional), (son insolidarios con los que les han ayudado a levantar su economía), (usaremos todas las medidas coercitivas en nuestras manos)… En política cuando surge un problema del tipo que sea, en toda democracia que se precie, se aportan propuestas para que se alcancen los correspondientes acuerdos.

No es válido el principio de la Nación española desde los Reyes Católicos (Independencia de los Virreinatos de América, independencia de las colonias asiáticas. independencia de las «provincias» africanas, pérdida del Rosellón y la Cerdaña, pérdida de Nápoles…) el etcétera y las causas por las que una sociedad tiene un sentimiento de defensa de un estado-nación principio asentado con la guerra de la Independencia en Norteamérica y la Revolución francesa, siempre se basó en la soberanía popular, al menos en teoría.

Si en la actualidad el resultado de un proceso de demanda de independencia tiene que acontecer de forma pacífica (República Checa y Eslovaquia) o violenta (Eslovenia, Croacia, Bosnia, Kosovo) pertenece a la capacidad de la sociedad democrática para resolver sus problemas de forma pacífica y negociada.

Invierto la jugada ¿quién ha consultado a la soberanía nacional española si está de acuerdo en permitir la consulta en Cataluña? A mi me parece fundamental esta cuestión pues ninguno de los elegidos en el territorio español llevaban en su programa IMPEDIR LA CONSULTA PROPUESTA POR CATALUÑA.

Si me equivoco y la tenían incorporada en sus programas, pido disculpas de antemano por no haber leído en profundidad los programas electorales incumplidos al menos en esta complicada y compleja legislatura.

Es evidente que un Catalán no es más que un Andaluz. Ni un Vasco o Navarro más que un Extremeño. Pero me pasa lo mismo con un ateo, con un católico o cualquier variante del cristianismo, con un mulsulmán, con un judío, con un budista, con un agnóstico, con un animista…

Si todos somos personas tenemos el derecho humano de ser iguales ante la ley no necesitamos interpretes de nuestras opiniones. Demos la voz a la ciudadanía para que pueda expresar su opinión sobre el Derecho a Decidir (puedo divorciarme, puedo refrendar en mi ayuntamiento su posible segregación). Por el contrario se me limita la capacidad soberana para decidir a los habitantes del Condado de Treviño si quieren formar parte de País Vasco, se nos limito por el pacto constitucional que Navarra pudiese ser País Vasco-Navarro, se limito el derecho de los leoneses a tener una entidad regional propia. Es decir cuando se establece en una Constitución un principio legal y se vota a su favor por tener un contenido con el que se coincide en parte, no significa que ese contenido sea inamovible, eso es ser estático, no alcanza tan siquiera el calificativo de conservador.

 

Mi conclusión es obvia todo ser humano tiene derecho a DECIDIR Y A EQUIVOCARSE

 

Cuestiones sin resolver

  1. Se arrastra un conflicto de identidad con un modelo de estado centralista que afecta en diferente medida a diferentes territorios.
  2. Se arrastra un déficit de proyecto de nuevo modelo de sistema productivo español. Los ejemplos estructurales fundamentales son la absoluta dependencia de las importaciones y la falta de un sistema de comunicaciones de mercancías y personas con el menor impacto ambiental (red de comunicaciones ferroviaria con ejes prioritarios).
  3. Se promociona el enquistamiento de los problemas y se dan soluciones puntuales. El objetivo de generar un mercado laboral moderno que se sustente en la estabilidad y en la movilidad, ajustando los beneficios de la productividad a los salarios de los asalariados, a las cotizaciones sociales y a una rentabilidad tasada.
  4. Se aplica la política del avestruz para el trasvase de recursos de los ciudadanos (impuestos) para la deuda de la banca, la deuda de la construcción, para las conciertos de la sanidad pública y los conciertos de la enseñanza pública, para el incentivo de las universidades privadas, para la reducción de la inversión pública en I+D+i.
  5. Se mantiene un sistema judicial carente de medios para agilizar el sistema.
  6. Se obvia la renovación de la administración pública, preocupados simplemente de la agilidad en la obtención de ingresos y de controles de seguridad. Pero inoperante en múltiples servicios públicos.
  7.  Se carece de propuestas de ajuste del sistema electoral que prima la representación máxima de desiertos envejecidos (política rural de los gobiernos) sobre la mínima representación de las concentraciones humanas (ciudades con servicios desiguales por barrios).
  8. Se obvia la diferencia de las formas de vida actuales presencia de inmigrantes (nacionales españoles, nacionales de la Unión europea, nacionales de otros países, refugiados, asilados políticos, retenidos en los CIEs) que pagan sus impuestos y carecen de los derechos de representación. Ejemplos básicos para pagar impuestos un francés es bueno para el ayuntamiento (puede votar si esta censado), es bueno para la comunidad autónoma (no puede votar si no se nacionaliza), es bueno para el estado (no puede votar si no se nacionaliza). El caso es similar para los nacionales no empadronados o que viven fuera del territorio estatal. Si el ciudadano no es de la unión no tiene derechos, solamente la obligación de pagar.
  9. Se mira para otra parte cuando se refiere a las víctimas del golpe de estado del 36 y su repercusión hasta las elecciones de 1977. Asesinatos, robos de personas, violaciones, robos de propiedades, torturas, detenciones, prisión, exilio, destierro, expedientes disciplinarios, recortes de derechos, etc. En suma se esconde la historia de la vida de miles, por no decir algunos millones de personas (la persona directamente afectada, su familia y sus amigos). Sucede lo mismo que con los hispanomusulmanes (entre 5 y 9 siglos de vida hispana)  fueron expropiados, expulsados y estigmatizados por la minoría intolerante hispanocatólica.
  10. La Unión Europea pierde credibilidad en la medida que se ve como una organización de funcionarios que impone medidas, que está gobernada por 27+1 (UK) señores feudales que deciden cuestiones básicas que no han sido consultadas a la ciudadanía y que no tienen intención de que se consulten. No han resuelto el equilibrio social y económico de los países de la Unión, ni tampoco son representativos de las regiones ni de los ciudadanos.
  11. El temible terrorismo que mata civiles en la sociedad occidental. ¿Qué nos reserva el privilegio de asesinar civiles en cualquier lugar del mundo y considerarlo terrorismo en occidente? ¿Se quiere identificar el terrorismo  actual con el islam? Recordad cuando el terrorismo (manipulado por los servicios secretos) se identificaba con el comunismo. Sabemos que la comunidad islámica está formada por más de 1.000 millones de personas. Si todas las mezquitas llamasen a la guerra santa, barrerían a sus proveedores occidentales de armas.
  12. Fuerzas armadas 120.000 (ejército modernizado en importantes misiones internacionales), 77.000 (guardias civiles), 65.000 (policías nacionales), 65.000 (policías locales), 17.000 (mossos) y 8.000 (ertzaintzas) y 1.000 (agentes policía autonómica Navarra). 353.000 miembros de seguridad pública. Son suficientes, están articulados y coordinados, tienen sus funciones y competencias claramente delimitadas. El prestigio de las fuerzas democráticas de seguridad  se sustenta en la defensa y protección de la ciudadanía sin diferencia de nacionalidad, sexo, edad, ideología o concepción de la vida que no han de ser manipuladas por intereses políticos.

Son algunas de las cuestiones sin resolver y no la respuesta cerril de impedir que una sociedad decida su destino. A menos que se quiera usar para otra finalidad como la instrumentalización de los poderes legislativo, judicial subordinados al ejecutivo y a la seguridad interna (ESTE CHOLLO LO HABRÍA DESEADO EL DICTADOR).

Petición de indulto para Casandra

Firma esta petición en el enlace de ella para conseguir el indulto de una persona por sus comentarios ha sido condenada, en este caso es Casandra . otro caso ha sido el  del rapero mallorquín Miguel Arenas Beltrán, alias Valtonyc, a 3 años y 6 meses de prisión. Son algunos de los casos conocidos.

Difunde el enlace para que se apoye a Casandra https://www.change.org/p/consejo-de-ministros-del-reino-de-espa%C3%B1a-solicito-al-gobierno-el-indulto-de-cassandra-vera-de-todas-sus-penas

Las diferencias de comportamiento evidencian el doble rasero del sistema punitivo. Esta doble vara de medir se pone en evidencia con la escasa persecución de quienes realizan declaraciones homófobas, machistas, xenófobas, de defensa del franquismo y de todas sus figuras representativas (Carrero Blanco, Girón, Millán Astray, Solis, Utrera, …) o de los voceros que cuestionan los valores de los defensores de la libertad y de los derechos humanos iniciada contra el golpe de estado de 1936 y sostenido en el tiempo por hasta 1977.

El grito de libertad y amnistia era para sacar de las cárceles, permitir la vuelta del exilio político y suprimir los efectos de los antecedentes policiales y penales de quienes habíamos luchado contra el régimen por la libertad de expresión y por los derechos humanos,La ley de Amnistia de 1977 no tenía como objetivo sacralizar los actos de quienes habían promovido el golpe de estado y personalmenta habían sostenido con la represión al régimen franquista, teoricamente amparados en el artículo segundo.