Represión franquista

A día de hoy falta el censo de las personas desaparecidas, ejecutadas, ajusticiadas, asesinadas, represaliadas, exiliadas, etc. Además están borrando todas las huellas de los centros de detención tortura y encarcelamiento. Se desconoce el número de niños robados (Declaración de condena de la Dictadura Franquista del 17 de marzo de 2006 (Recomendación 1736, punto 72, 73, 74 y 75), el Consejo de Europa afirmó que los «niños perdidos» son víctimas del Franquismo). Cuantas personas se exiliaron para garantizar su vida. Cuantas fueron fusiladas u olvidadas en las cárceles. Cuantas personas formaron parte de los contingentes de fugitivos o vivieron en la clandestinidad. Cuantas mujeres fueron torturadas, violadas, apaleadas, rapadas, purgadas por el hecho de ser madres, compañeras, hijas, hermanas y familiares de personas clasificadas como de izquierdas o rojas.

¿Cuántos servidores públicos fueron depurados?

Expulsión practicada con todos los funcionarios del Estado Republicano, tanto en las instituciones Centrales, como en diputaciones y municipios, llevada a cabo mediante un proceso de purga conocido con el nombre de depuración. Se castigaba con distintos tipos de sanción desde el encarcelamiento, el traslado forzoso, la suspensión de empleo y sueldo, la inhabilitación y la separación de servicio.

​Tenían prioridad para ingresar como funcionario los falangistas, se exigía la presentación de «certificados de buena conducta» expedidos por el jefe local de la Falange (luego Movimiento), los informes de los Servicios de Información  y el cura de la parroquia.

Oficiales que habían servido a la República fueron expulsados del ejército. Ver las obras de Ángel Bahamonde Magro​.

¿La represión religiosa?

Supuso una de las redes más extensa y  potente de denuncia y persecución contra todas las personas que ellos consideraban. Es el gran paradigma de los católicos «el perdón y el amor que predican» sustentado en el odio y en el exterminio de quienes no piensan como ellos. Pero evidentemente durmieron con la conciencia tranquila.

Comprendía el ejercicio del poder sobre la libertad de confesiones y de creencias ajenas al dogmatismo de la ultramontana iglesia católica y su estructura regular y secular (cardenales, arzobispos, obispos, abades, monjes, sacerdotes, abadesas y monjas), apoyada en un sector amplio de la población de creencia católica. Cómo afectó a los protestantes la represión, a los masones a los agnósticos y a los ateos.

Cómo hubo que vivir una «evangelización cristiana» para evitar denuncias. Cómo se arrogaron el derecho de que la sociedad mantuviese sus privilegios (exención de impuestos de todos sus negocios, propiedades, subvención, limosna siempre opacas, control ideológico y educativo, representación estamental). Cómo secundaron la implantación de su hipócrita moral, sus bautizos, sus comuniones, sus bodas, sus catequesis, sus novenas, sus semanas santas, sus fiestas religiosas, sus extremaunciones. Cómo implantaron la persecución de las parejas, la persecución de los controles de natalidad, la capacidad de acariciarse, besarse, quererse. Como anularon matrimonios civiles y parejas de hecho y como declararon ilegítimos a los descendientes de estas parejas. Como profundizaron la cultura patriarcal y machista que tanto daño sigue haciendo en la actualidad al considerar a la mujer como un sujeto secundario y subordinado en la sociedad.

Cómo nos obligaron a mantener, restaurar un patrimonio histórico y se erigieron en únicos titulares de sus uso y de su explotación sin devolver a las arcas públicas lo pagado, sin aportar un duro de la explotación de su venta de entradas de sus visitantes.

¿Cuántos fueron los bienes y propiedades requisados y expropiados?

Se olvida en muchas ocasiones que no fueron solamente partidos y sindicatos quienes padecieron la requisa y la apropiación de sus bienes materiales, sino que hubo importantes «robos» de parcelas, tiendas de comerciantes, viviendas, pequeñas empresas, cuentas corrientes y objetos de valor.

Algunos han sido devueltos o se han asignado a algunas organizaciones. Pero los grandes ausentes son los pequeños que por el exilio, la ejecución, el miedo han sido incapaces de reclamar sus bienes o sus legítimos herederos.

Represión lingüística

La lengua materna es la propia de tu entorno familiar. Fue eliminada de la administración, de la comunicación pública cotidiana, de los medios de comunicación, de la educación. Fue sustituida por la lengua dominante, que es la mía materna, pero que pretendía romper la cultura propia y la identidad de sus hablantes (gallego, bable, euskera, catalán…). La imposición lingüística ha supuesto una de las mayores fracturas en la sociedad.

Represión laboral

¿Cuántas personas perdieron su puesto de trabajo por luchar en defensa de la legalidad? ¿Cuántas personas perdieron sus medios de vida por la represión política o sindical?

Presos políticos? Estado de Derecho?

Cuando uno lee los titulares de prensa se sorprende por la negación de la evidencia.

Un persona detenida, arrestada o encarcelada sin haber cometido un delito tipificado sino porque sus ideas supongan un desafío o una amenaza para el sistema político establecido, con independencia de la naturaleza del sistema político.

Se distingue del preso de conciencia que se caracteriza por la ausencia de violencia ni la promoción de la misma.

Los delitos tipificados son claros Rebelión (se alzaren violenta y públicamente); Sedición (se alcen pública y tumultuariamente para impedir … la aplicación de las Leyes); Atentados contra la autoridad (los que agredieren o, con intimidación grave o violencia).

Me parece que los presuntos delincuentes de las organizaciones ANC y OC (Jordis) no responden a ninguno de ellos.

Me parece que los presuntos delincuentes del Gobierno de la Generalitat de Catalunya y la Mesa del Parlament no responden a ninguno de ellos.

Sin embargo si me parece que el Senado y el Gobierno pueden haber incurrido en el delito de Rebelión Artículo 472.4 y 472.6 pueden haber incurrido con la autorización del contenido dado al artículo 155 de la Constitución.

Mi opinión se asemeja a la de muchos políticos europeos LOS PROBLEMAS POLÍTICOS SE RESUELVEN POLÍTICAMENTE Y EN NINGÚN CASO CON LOS TRIBUNALES, CON LA REPRESIÓN O CON LA ALIMENTACIÓN DE BANDAS FASCISTAS «CONSTITUCIONALISTAS» (de peñas deportivas o de organizaciones sociales o políticas).

Desconozco el resultado de las elecciones catalanas 21 D, que probablemente será similar a las anteriores.

Pero no se puede seguir tapando la vulneración flagrante de la Constitución con perjuicio para toda la ciudadanía con la anticonstitucional Ley de Amnistía Fiscal del Ministro Montoro y que no se adopten las medidas pertinentes para recuperar el dinero amnistiado. PP incumple Constitución es bueno y sin consecuencias. El delito de malversación de caudales públicos Artículo 432 del C. Penal y Artículo 404 delito de prevaricación. En ese país que les gusta Gran Bretaña la gente dimite o es cesada por poner la mano encima de una pierna (ACOSO intolerable).

Pero no se puede seguir ocultando que hay una presunción de delincuencia organizada por el partido del gobierno (fiscalía lo considera acreditado) y que los partidos que pidieron el voto para luchar contra la corrupción, apoyen y secunden al partido del gobierno.

No va a producirse una regulación del delito de saqueo sistémico de las arcas públicas. Ya que los perjudicados por el saqueo son los mismos que asumirán el coste del saqueo. Evidente me han robado (sanidad, pensiones, educación, dependencia servicios públicos para comprar deuda privada de los bancos) y además tengo que seguir pagando para reducir la deuda y en muchos casos se nos puede desahuciar por el banco que he rescatado.

Hasta cuando se va a seguir sacando sin sentencia los ERE de Andalucía. Pero se olvida la sentencia de derribo del Algarrobico en Carboneras (Andalucía) competencia de la Junta de Andalucía que incumple la Sentencia no recurrible del Supremo de 2016.

Donde y cuando se han llevado a la práctica las comisiones del 3% (Catalunya, ¿Madrid?, ¿Andalucía?,  ¿Balears?, ¿València?, ¿Murcia? …). Cuantas condenas, cuantos condenados que pagan y que cobran la mordida, cuantos partidos y empresas clasificados como delincuentes.

La igualdad constitucional ¿Hay que ser miembro de familias especiales para no enterarse de lo que se firma? ¿El desconocimiento de las leyes no exime de su cumplimiento, excepto para familias especiales? ¿Aunque se tenga un título universitario se puede ser i…. legalmente y siendo i… se puede representar algo y cobrar por ello? ¿Se puede estar condenado, en libertad y en el extranjero?

Se detiene y se procesa a personas por hacer chistes, por escribir canciones, por manifestarse, por … Pero se desconoce el autor individual o colectivo del motivo que las causa o si son el libre ejercicio de la libertad de expresión. Murcia (Ave), Burgos (Gamonal), Linares (Paro), …

Ley Orgánica 10/1995 Código  Penal

Rebelión

Artículo 472

Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:

  • 1.º Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución.
  • 2.º Destituir o despojar en todo o en parte de sus prerrogativas y facultades al Rey o Reina o al Regente o miembros de la Regencia, u obligarles a ejecutar un acto contrario a su voluntad.El término «Rey o Reina» ha sido introducido en sustitución de la anterior referencia al «Rey», conforme establece el número doscientos cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Vigencia: 1 julio 2015
  • 3.º Impedir la libre celebración de elecciones para cargos públicos.
  • 4.º Disolver las Cortes Generales, el Congreso de los Diputados, el Senado o cualquier Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, impedir que se reúnan, deliberen o resuelvan, arrancarles alguna resolución o sustraerles alguna de sus atribuciones o competencias.
  • 5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
  • 6.º Sustituir por otro el Gobierno de la Nación o el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o usar o ejercer por sí o despojar al Gobierno o Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o a cualquiera de sus miembros de sus facultades, o impedirles o coartarles su libre ejercicio, u obligar a cualquiera de ellos a ejecutar actos contrarios a su voluntad.

Sedición

Artículo 544

Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.

De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia

Artículo 550

1. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.